El Reglamento Europeo de Protección de Datos (también conocido por sus siglas RGPD) es una normativa de carácter europeo que busca unificar las actuaciones sobre los datos de carácter personal a nivel europeo. Es aplicable desde el 25/05/2018 y se desarrolla en la normativa española mediante la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (o LOPD-GDD).
Mucho se ha hablado del cambio de normativa (sobre todo del endurecimiento de las sanciones), lo que ha provocado desconcierto y miedo entre las empresas y autónomos.
Es cualquier información relativa a personas identificadas o identificables, como datos de empleados, clientes o proveedores.
Un cambio a la hora de trabajar con datos personales, junto con una mayor concienciación tanto para los titulares de los datos como para aquellos que deban custodiarlos.
Si tratan datos de carácter personal, SÍ (esto también incluye a sus empleados).
Además se da la circunstancia de que deben verificar que los proveedores con los que trabajen, así como las gestorías o informáticos que contraten también deben cumplir dicha normativa, y si no tienen esa constancia entonces no deberían contratarles.
Sí, la nueva normativa introduce una serie de cambios junto con medidas adicionales que no estaban recogidos en la antigua LOPD.